FONDO PARA EL RECICLAJE 2026
El Ministerio del Medio Ambiente, a través de la Oficina de Economía Circular y Gestión de Residuos, en coordinación con las Secretarías Regionales Ministeriales, invita a las municipalidades y asociaciones de municipalidades a participar en la 12ª Convocatoria del Fondo para el Reciclaje 2026. Esta iniciativa tiene por objetivo fortalecer las capacidades municipales en el marco de la Ley REP, apoyar la labor de las y los recicladores de base e impulsar proyectos orientados a la prevención, la separación en origen y la valorización de residuos.
Ministerio del Medio Ambiente
Nacional
Medio Ambiente
Fechas de postulación
Fecha de inicio de postulaciones
Fecha de cierre de postulaciones, hasta las 14:00hrs. de Chile continental
Detalles del fondo
Modalidad de postulación
Online
Tipo de Postulante
Organizaciones
Tipo de Financiamiento
$14.000.000
Modalidad de postulación: Online
La postulación deberá realizarse únicamente a través del sitio www.fondos.gob.cl/
La persona que ingrese la postulación a nombre de la Municipalidad o Asociación de éstas, deberá contar con su clave única y acreditar la relación jurídica con la institución que represente.
Ir a la postulaciónTipo de Postulante: Organizaciones
- Municipalidades o
- Asociaciones de Municipalidades
Tipo de Financiamiento: $14.000.000
- Pecuniaria, mediante recursos monetarios.
- No pecuniaria, mediante especies valoradas.
Modalidad de postulación: Online
La postulación deberá realizarse únicamente a través del sitio www.fondos.gob.cl/
La persona que ingrese la postulación a nombre de la Municipalidad o Asociación de éstas, deberá contar con su clave única y acreditar la relación jurídica con la institución que represente.
Ir a la postulaciónTipo de Postulante: Organizaciones
- Municipalidades o
- Asociaciones de Municipalidades
Tipo de Financiamiento: $14.000.000
- Pecuniaria, mediante recursos monetarios.
- No pecuniaria, mediante especies valoradas.
Requisitos de Postulación
- Tipo de Postulante, ser un tipo de postulante establecido en las presentes Bases Solo se aceptará una postulación por Municipalidad.
- Copia del decreto de nombramiento del o la Alcalde(sa) o de quien le subrogue.
- Copia de la cédula de identidad del o la Alcalde(sa) o de quien le subrogue.
- Declaraciones en estado “enviado” a través del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) de los residuos municipales generados o recolectados por terceros contratados por el municipio, enviados a eliminación y/o a valorización si corresponde, para los periodos 2020 (solo anual), 2021, 2022, 2023 y 2024 (anuales y mensuales). Según lo dispuesto en el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) y Resolución Exenta N°144/2020 que aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del RETC. Para cumplir con este requisito se considerará como fecha límite el día del cierre de la postulación.
- Designación del Equipo de Trabajo del Organismo Ejecutor, con la condición de funcionario municipal, de acuerdo a lo indicado por el representante legal en el Anexo 4: Antecedentes del Equipo de Trabajo del OE.
- Firma de todos los anexos por el(la) representante legal o quien lo subrogue. Aquellas municipalidades que cuenten con firma electrónica avanzada podrán utilizarla, de acuerdo a la Ley N°19.799 y demás normas pertinentes.
- Ejecución de Proyectos FPR: Podrán postular aquellas municipalidades que cuenten con proyectos adjudicados en convocatorias anteriores del FPR, siempre que estos se encuentren correctamente ejecutados, con informes de término de proyectos rendidos, y sin reintegros pendientes al momento del cierre de las postulaciones. No podrán postular aquellas municipalidades que mantengan proyectos en ejecución, con cierre pendiente y/o con reintegros pendientes. Este requisito será corroborado por el MMA, según sus registros internos.
- Tipo de Postulante, ser un tipo de postulante establecido en las presentes Bases. Solo se aceptará una postulación por Asociación de Municipalidades.
- Copia simple del instrumento de constitución de la Asociación de Municipalidades.
- Copia de la cédula de identidad del o la Representante Legal de la Asociación.
- Copia simple de la escritura en que conste la personería del o la Representante Legal de la Asociación.
- Formar parte del Registro Único de Asociaciones Municipales de SUBDERE, La Comisión de Admisibilidad verificará esta condición internamente a través del Registro Único de Asociaciones Municipales de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE).
- Declaraciones en estado “enviado”, de todos los municipios que formen parte de la Asociación, a través del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) de los residuos municipales generados o recolectados por terceros contratados por el municipio, enviados a eliminación y/o a valorización si corresponde, para los periodos 2020 (solo anual), 2021, 2022, 2023 y 2024 (anuales y mensuales). Según lo dispuesto en el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) y Resolución Exenta N°144/2020 que aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del RETC. Para cumplir con este requisito se considerará como fecha límite el día del cierre de la postulación.
- Certificado de Vigencia de la Personalidad Jurídica de la Asociación, acreditando al menos 2 años de antigüedad. Deberá subir documento en la plataforma de postulación.
- Certificado de Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos (Ley Nº 19.862: https://registros19862.gob.cl/). Deberá subir documento en la plataforma de postulación.
- Designación del Equipo de Trabajo del Organismo Ejecutor, de acuerdo a lo indicado por el representante legal en el Anexo 4: Antecedentes del Equipo de Trabajo del OE.
- Firma de todos los anexos por el(la) representante legal o quien lo subrogue. Aquellas asociaciones de municipalidades que cuenten con firma electrónica avanzada podrán utilizarla, de acuerdo a la Ley N°19.799 y demás normas pertinentes.
- Ejecución de Proyectos FPR: Podrán postular aquellas Asociaciones de Municipalidades que cuenten con proyectos adjudicados en convocatorias anteriores del FPR, siempre que estos se encuentren correctamente ejecutados, con informes de término de proyectos rendidos, y sin reintegros pendientes al momento del cierre de las postulaciones. No podrán postular aquellas municipalidades que mantengan proyectos en ejecución, con cierre pendiente y/o con reintegros pendientes. Asimismo, podrán postular quienes no cuenten con proyectos previamente adjudicados del FPR. Este requisito será corroborado por el MMA, según sus registros internos.
Documentación
- Anexo 1: Compromiso de Cofinanciamiento
- Anexo 2: Carta de Vinculación con Programas MINVU y FPR 2026 (Opcional para sumar puntaje en la evaluación)
- Anexo 3: Inclusión de las y los Recicladores de Base (Opcional para sumar puntaje en la evaluación)
- Anexo 4: Antecedentes del Equipo de Trabajo del OE
Criterios de Evaluación
- Las propuestas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora Regional, responsable de estudiar, analizar, ponderar y calificar las iniciativas presentadas por los interesados, conforme a lo establecido en la pauta de evaluación.Los criterios y porcentajes de ponderación se detallan en el siguiente listado:
- 25% Actividades
- 20% Presupuesto
- 15% Sostenibilidad técnica y económica de la propuesta
- 05% Problemática del área a intervenir
- 05% Objetivo general
- 10% Inclusión de recicladores de base
- 10% Dependencia del fondo común municipal
- 05% Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM)
- 05% Continuidad de la propuesta
Dudas y consultas
Las y los interesados podrán efectuar consultas respecto de las presentes Bases, desde el 24 de septiembre al 10 de octubre de 2025, a través del correo electrónico fondo.reciclaje@mma.gob.cl
No se responderán consultas ingresadas por medios distintos al señalado.
Las preguntas y sus respectivas respuestas serán publicadas en el sitio web https://fondos.mma.gob.cl/ entre el 13 y 24 de octubre de 2025, pasando a formar parte integrante de las presentes Bases.