POR ABRIR
Cierre de postulación: Miércoles 01 de Abril, 2026

Fondo CNTV 2026

El objetivo del presente concurso público es otorgar financiamiento de la producción, los costos de transmisión o la difusión de programas de alto nivel cultural, de interés nacional, regional, local o comunitario; de contenido educativo; que propendan a la difusión de los valores cívicos y democráticos, o que promuevan la diversidad en los contenidos televisivos y reflejen la conformación plural de la sociedad, así calificados por el mismo Consejo, en el que podrán participar concesionarias de servicios de radiodifusión televisiva de libre recepción y productores independientes, para luego ser emitido por una concesionaria de servicio de radiodifusión televisiva de libre recepción o permisionario de servicios limitados de televisión, todo según lo dispuesto en el artículo 12 letra b) de la Ley 18.838 que crea el Consejo Nacional de Televisión.

Invita:
Consejo Nacional De Television - CNTV
Alcance:
Nacional
Categoría:
Arte y cultura

Fechas de postulación




20 ene. 26

Publicación de las Bases

02 mar. 26

Fecha de inicio de postulaciones

01 abr. 26

Fecha de cierre de postulaciones

Detalles del fondo

Modalidad de postulación

Icono modalidad de postulación Online


Tipo de Postulante

Icono Tipo de Postulante Persona Jurídica


Tipo de Financiamiento

Icono Tipo de Financiamiento Hasta $605.588.760


Modalidad de postulación: Online

Las postulaciones deberán efectuarse únicamente a través del portal https://fondos.gob.cl/.

Tipo de Postulante: Persona Jurídica

Sólo podrán postular personas jurídicas. La persona que ingrese su postulación deberá ser representante legal del postulante o estar mandatado al efecto y contar con Clave Única personal (entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación) y vincular los antecedentes de la persona jurídica que postula.

Tipo de Financiamiento: Hasta $605.588.760

El total disponible para adjudicar entre todos los adjudicatarios corresponde a $5.046.573.000.-, de acuerdo a lo dispuesto en Ley N° 21.796 de presupuestos del sector público correspondiente al año 2026. Ningún postulante de las líneas 1,2,3,4,6,7 y 8 podrá solicitar financiamiento al Consejo Nacional de Televisión por más del 12% ($605.588.760) del total disponible; y ningún postulante de la línea 5 podrá solicitar financiamiento por más de $55.000.000. Del mismo modo, el Consejo no podrá adjudicar a ningún proyecto un monto superior al 12% ($605.588.760) del total disponible.

Modalidad de postulación: Online

Las postulaciones deberán efectuarse únicamente a través del portal https://fondos.gob.cl/.

Tipo de Postulante: Persona Jurídica

Sólo podrán postular personas jurídicas. La persona que ingrese su postulación deberá ser representante legal del postulante o estar mandatado al efecto y contar con Clave Única personal (entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación) y vincular los antecedentes de la persona jurídica que postula.

Tipo de Financiamiento: Hasta $605.588.760

El total disponible para adjudicar entre todos los adjudicatarios corresponde a $5.046.573.000.-, de acuerdo a lo dispuesto en Ley N° 21.796 de presupuestos del sector público correspondiente al año 2026. Ningún postulante de las líneas 1,2,3,4,6,7 y 8 podrá solicitar financiamiento al Consejo Nacional de Televisión por más del 12% ($605.588.760) del total disponible; y ningún postulante de la línea 5 podrá solicitar financiamiento por más de $55.000.000. Del mismo modo, el Consejo no podrá adjudicar a ningún proyecto un monto superior al 12% ($605.588.760) del total disponible.

Requisitos de Postulación

Sólo podrán participar de la presente convocatoria: 
a) Concesionarias de servicio de radiodifusión televisiva de libre recepción de cobertura nacional, regional, local o local de carácter comunitario, conforme a lo dispuesto en la ley 18.838; dependiendo de la línea a la cual postulen de acuerdo a lo dispuesto en el punto 15 de las presentes bases. 
El artículo 15 ter de la Ley N°18.838 señala: “Los concesionarios de radiodifusión televisiva de libre recepción podrán ser de cobertura nacional, regional, local o local de carácter comunitario, conforme con las siguientes características: a) Nacionales: aquellos que sean titulares de concesiones que, consideradas en su conjunto, contemplen cualquier nivel de presencia, en más del 50% de las regiones del país. b) Regionales: aquellos que sean titulares de concesiones que, consideradas en su conjunto, contemplen cualquier nivel de presencia en una o más regiones, pero en no más del 50% de las regiones del país. En caso de presencia en sólo una región, dichas concesiones deberán comprender un alcance efectivo igual o superior al 25% de la población o una cobertura igual o superior al 50% de las comunas de dicha región. c) Locales: aquellos que sean titulares de concesiones que, consideradas en su conjunto, contemplen presencia en sólo una región, comprendiendo dentro de ella un alcance efectivo inferior al 25% de su población y con una cobertura inferior al 50% de las comunas de dicha región. d) Locales de carácter comunitario: aquellas personas jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro, que sean titulares de una sola concesión dentro de los márgenes de presencia establecidos para los concesionarios de cobertura local y que no podrán formar cadenas ni redes de manera permanente. Dichos concesionarios deberán velar por la promoción del desarrollo social y local, debiendo dar cabida a aquella producción realizada por grupos sociales o personas que residan en la zona de cobertura de su concesión. Podrán ser concesionarios locales de carácter comunitario las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias constituidas en conformidad a la ley N° 19.418, las comunidades agrícolas y las comunidades y asociaciones indígenas, entre otros.” 
b) Productores Independientes, entendiendo que son aquellas personas jurídicas que teniendo la capacidad profesional y técnica para producir programas de televisión, postula a la asignación de los recursos, sin ser concesionario de servicios de televisión de libre recepción ni pertenecer o trabajar exclusivamente para uno o más de ellos. 

Las instituciones ya mencionadas deberán además: 
a) Tener una existencia legal mínima de dos años contados desde su constitución a la fecha de cierre del plazo de recepción de las postulaciones de acuerdo con el calendario del concurso. 
b) Certificado de Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, emitido en el sitio web www.registros19862.cl que acredite la inscripción de la adjudicataria en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos. 

Documentación

Requerimientos Administrativos
A) Documentos legales de la empresa. 
  •  Si la empresa constituida por escritura pública deberá presentar los siguientes documentos: 1.1 Certificado de vigencia de Poder de la Sociedad emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, de fecha no superior a 60 días corridos contados desde la apertura de la plataforma de concurso, 1.2 Copia de escritura pública en la cual consten los poderes de los representantes legales, con vigencia no superior a 60 días corridos, contados desde la apertura de la plataforma de concurso, y 1.3 Copia de Inscripción de la constitución de la Sociedad con vigencia emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, de fecha no superior a 60 días corridos, contados desde la apertura de la plataforma de concurso.
  •  Si la empresa constituida bajo el amparo de la Ley 20.659 o en forma electrónica, deberán presentar el siguiente documento, obtenido en https://www.registrodeempresasysociedades.cl/: 1. Certificado de Estatuto Actualizado, de Anotaciones, de Vigencia de la Sociedad de fecha no superior a 60 días corridos contados desde la apertura de la plataforma de concurso, y
  • En el caso de fundaciones y/o corporaciones de derecho privado, deberán acompañar los Estatutos actualizados y los siguientes certificados obtenidos en el Servicio de Registro Civil y de identificación: 1.1 Certificado de directorio Persona Jurídica sin fines de lucro, emitido por de fecha no superior a 60 días corridos contados desde la apertura de la plataforma de concurso, y 1.2 Certificado de vigencia Persona Jurídica sin fines de lucro de fecha no superior a 60 días corridos contados desde la apertura, de la plataforma de concurso.

B) Certificado de Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, emitido en el sitio web www.registros19862.cl que acredite la inscripción de la adjudicataria en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos de fecha no superior a 60 días corridos contados desde la apertura de la plataforma de concurso.

Requerimientos Técnicos
1. Objetivos proyecto (4000 caracteres máximo)
2. Descripción general (4000 caracteres máximo)
3. Propuesta argumental (4000 caracteres máximo)
4. Propuesta audiovisual (4000 caracteres máximo)
5. Pre investigación (4000 caracteres máximo,)
6. Investigación (solo requerido para la línea 1 series históricas y línea 3 No ficción) (Se debe adjuntar documento en formato PDF)
7. Justificación del proyecto (4000 caracteres máximo)
8. Público objetivo (4000 caracteres máximo)
9. Currículum equipo principal (productor, director, guionista)
10. Presupuesto (En formato Excel con modelo CNTV)
11. Carta Gantt (En formato Excel con modelo CNTV)
12. Argumento general de la serie (4000 caracteres máximo)
13. Guion capítulo 1 (En formato Final Draft o programas similares)
14. Sinopsis capitulares de los demás capítulos (Documento en formato PDF)
15. Maqueta audiovisual y/o videopitch (Video de hasta 3 minutos mpeg4 códec de video H-264, códec de audio AAC)
16. Propuesta de diseño de producción (4000 caracteres máximo)
17. Propuesta de plan de financiamiento (4000 caracteres máximo)
18. Carta compromiso de personajes, entrevistados, materiales de archivo, territorios, lugares emblemáticos, locaciones fundamentales (En línea 1 Histórica y línea 3 No ficción) (Documentos en formato PDF)
19. En el caso de proyectos basados en obras protegidas por derecho de autor se requerirá un certificado de inscripción del proyecto en el Departamento de Derechos Intelectuales (DDI). Si el autor es una persona distinta al postulante, se deberá adjuntar -adicionalmente- una autorización para el postulante para la realización y emisión de una serie de televisión en los términos del Anexo N° 2 (Documento en formato PDF)
20. Contrato firmado que acredite coproducción internacional debidamente apostillado (sólo en caso de existir). (Documento en formato PDF)
21. Convenio de emisión si hay concesionario y plan de promoción y difusión (sólo en caso de existir). (Documento en formato PDF)
22. Carta de consentimiento de Comunidad Indígena que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Comunidades y Asociaciones Indígenas de la CONADI. (Documento en formato PDF). Solo si el proyecto se ejecuta en territorios de pueblos originarios
23. Certificado de vigencia de la personalidad jurídica de comunidades y asociaciones indígenas. (Documento en formato PDF). Solo si el proyecto se ejecuta en territorios de pueblos originarios
24. Cartas de interés de entidades comunitarias y/o sociales. (2 cartas). Solo para la línea 5
25. Certificado de vigencia de persona jurídica sin fines de lucro. Solo para la línea 5.
26. Declaración jurada de procedencia regional. Solo para la línea 4.
27. Documento de respaldo de aportes propios de la institución adjudicataria y de terceros, para la ejecución del proyecto seleccionado, cuando éstos existan, con firma del Representante Legal de la adjudicataria o el tercero o su Representante Legal, autorizado ante Notario Público o suscrito mediante firma electrónica avanzada. En caso de aportes de terceros extranjeros, éstos deben estar, obligatoriamente autorizados mediante el procedimiento que contempla la Ley N° 20.711, que implementa la Convención de La Haya y que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros (Convención de la Apostilla) reemplazándola por una certificación única.

Criterios de Evaluación

Bases del Concurso

Disponibles en: https://cntv.cl/concurso-fondo-cntv-2026/

Dudas y consultas

Los interesados en participar en el presente concurso podrán formular preguntas y/o solicitar aclaraciones a las bases, desde la publicación de las bases hasta los 40 días corridos posteriores, dichas preguntas deberán formularse a través del portal SIAC: Sistema Integral de Atención Ciudadana del Consejo Nacional de Televisión. Las preguntas y aclaraciones, sólo serán referentes a las bases del presente concurso, no se aceptarán preguntas referentes a la documentación y contenido particular de cada postulación. 
No se aceptarán consultas vía telefónicas o por correo electrónico, u otro medio distinto al indicado anteriormente. De igual forma no se aceptarán consultas formuladas en forma presencial a funcionarios del Consejo Nacional de Televisión. Queda prohibido a los funcionarios del CNTV dar respuestas a preguntas formuladas por las vías recién indicadas. 
El CNTV responderá a través del portal de SIAC cada consulta realizada directamente al postulante que las efectuó en el plazo de 3 días hábiles. Además, sin indicar el autor de las preguntas, el CNTV elaborará un consolidado con todas las preguntas y respuestas, el que será aprobado por resolución exenta del Presidente del CNTV, la cual se publicará en el portal del concurso 5 días corridos posteriores al cierre de preguntas. Realizada la publicación de la resolución, ésta se entenderá conocida por todos los participantes pasando a formar parte integrante de las presentes Bases.